El Esquema de Asentamiento de la UE – EUSS

El Reino Unido salió de la Unión Europea el 31 de diciembre de 2020. Desde ese día, las normas sobre la libre circulación de ciudadanos europeos ya no aplican en el Reino Unido.

El EUSS se implementó para proteger el derecho a vivir (trabajar, rentar, acceder a la atención médica, prestaciones y pensiones) en el Reino Unido de ciudadanos de la UE, del EEE y de Suiza, así como de sus familiares elegibles.

Los ciudadanos de la UE, del EEE y de Suiza que ingresaron al Reino Unido antes del Brexit (31/12/2020) ya deberían haber solicitado el EUSS. Si eres ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza, cumples con los requisitos para solicitarlo y aún no has presentado tu solicitud, por favor contáctanos de inmediato, ya que tu solicitud se considerará extemporánea y debe enviarse lo antes posible.

Los familiares elegibles pueden seguir solicitando el EUSS: pueden pedir un Permiso Familiar, un Estatus Preasentado y, una vez que hayan cumplido un periodo de calificación de 5 años viviendo en el Reino Unido, pueden solicitar el Estatus Asentado.

Para solicitar un Permiso Familiar fuera del Reino Unido o el Estatus Preasentado dentro del Reino Unido, como familiar por lo general necesitarás:

  • Tu pasaporte.

  • El número de referencia del EUSS de tu familiar ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza.

  • Comprobante de parentesco: acta(s) de matrimonio, acta(s) de nacimiento o evidencia de convivencia, según el tipo de relación que tengas con tu familiar europeo.

  • Comprobante de dependencia: en algunos casos, tendrás que proporcionar evidencia para demostrar que dependes de tu familiar europeo (esto generalmente aplica a padres, abuelos e hijos mayores de 21 años).

  • Permiso Familiar del solicitante y/o sello de entrada en el pasaporte (solo para solicitudes de Estatus Preasentado).

 

Los familiares elegibles son:

  • Parejas (cónyuge, pareja civil y pareja no casada)

  • Hijos y nietos

  • Padres y abuelos

Ten en cuenta que hermanos, primos, sobrinas, sobrinos y otros familiares extendidos ya no pueden solicitar como dependientes de ciudadanos de la UE, del EEE y de Suiza. Antes del Brexit era posible patrocinarlos bajo la legislación europea, pero ya no es posible bajo el EUSS.

Parejas (cónyuge, pareja civil y pareja no casada)

Si eres el cónyuge, la pareja civil o la pareja no casada de un ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza que vive en el Reino Unido, puedes solicitar un Permiso Familiar o el Estatus Preasentado para entrar y establecerte en el Reino Unido con esa persona. Para solicitarlo debes demostrar:

  • Que tu familiar ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza ingresó al Reino Unido antes del 31 de diciembre de 2020 (y se le otorgó Estatus Asentado o Preasentado) y que su relación existía legalmente antes del 31 de diciembre de 2020.

 

Si están casados o en una unión/pareja civil, esto significa que el matrimonio o la pareja civil debió haberse celebrado antes del 31 de diciembre de 2020. 

Si son pareja no casada, esto significa que vivieron juntos durante dos años antes del 31 de diciembre de 2020 con tu familiar ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza, y que cuentan con evidencia de ese periodo de convivencia. 

Si cumples con estos criterios, puedes solicitar un Permiso Familiar y/o el Estatus Preasentado. 

Si tu matrimonio o unión/pareja civil se celebró después del 31 de diciembre de 2020, o si completaron los dos años de convivencia después del 31 de diciembre de 2020, entonces deberás solicitar una Visa de Pareja conforme a la legislación británica

Hijos y nietos

Los ciudadanos europeos pueden seguir trayendo a sus hijos y nietos (incluidos los hijos y nietos de su cónyuge o pareja civil) al Reino Unido. Dependiendo de la nacionalidad del hijo o nieto, pueden solicitar un Permiso Familiar o directamente el Estatus Preasentado. 

Para solicitarlo, necesitarán los siguientes documentos:

  • Pasaporte.

  • Número de referencia del EUSS del padre, madre o abuelo(a) ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza.

  • Los menores de 21 años pueden solicitarlo simplemente demostrando su parentesco con el padre, madre o abuelo(a) europeo: acta(s) de nacimiento.

  • Quienes tengan 21 años o más deben presentar, además del parentesco, evidencia de dependencia respecto de su padre, madre o abuelo(a) europeo.

Padres y abuelos

Los padres de ciudadanos de la UE, del EEE o de Suiza pueden reunirse con ellos en el Reino Unido si pueden demostrar que dependen de ellos. Dependiendo de la nacionalidad del padre o abuelo, pueden solicitar un Permiso Familiar o directamente el Estatus Preasentado. Ten en cuenta que esta categoría también incluye a los padres y abuelos del cónyuge o pareja civil del ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza; es decir, a los suegros del ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza. 

Para respaldar sus solicitudes, deberán presentar los siguientes documentos:

  • Pasaporte

  • Número de referencia del EUSS de su familiar ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza.

  • Comprobante de parentesco: acta(s) de nacimiento y acta de matrimonio en el caso de suegros.

  • Evidencia de dependencia respecto de su familiar ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza.

Para aquellos familiares que ingresen al Reino Unido (con visa de turista y Permisos Familiares), es sumamente importante solicitar el Estatus Preasentado lo antes posible después de su entrada: dentro de los primeros 90 días posteriores a su llegada al Reino Unido. 

Estatus Asentado

La mayoría de los ciudadanos de la UE, del EEE y de Suiza, así como sus familiares, deben completar un periodo de 5 años viviendo en el Reino Unido para poder solicitar el Estatus Asentado, excepto los menores de 21 años. Los menores de 21 años tienen derecho a solicitar el Estatus Asentado tan pronto como a uno de sus padres se le otorgue el Estatus Asentado; simplemente deberán volver a solicitarlo en cuanto cualquiera de sus padres obtenga el Estatus Asentado.

El gobierno ha confirmado planes para actualizar automáticamente el Estatus Preasentado a Estatus Asentado. Te mantendremos informado sobre este desarrollo, pero por ahora nuestra recomendación es solicitar el Estatus Asentado tan pronto como tengas derecho a hacerlo. 

¿Necesitas ayuda con tu solicitud del EUSS?

Si tienes alguna pregunta sobre la solicitud del EUSS para un ciudadano europeo o para un familiar, por favor ponte en contacto con nosotros. 

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